La materia conciliable denominada “Pago de Alquileres” abarca los conflictos que surgen cuando el arrendatario incumple con su obligación de abonar la renta pactada por el uso de un inmueble, generando un desacuerdo con el arrendador respecto al monto, la oportunidad o la forma de pago. Estos casos son susceptibles de resolverse a través de la conciliación extrajudicial, al tratarse de derechos de libre disposición que permiten a las partes alcanzar acuerdos rápidos y consensuados sin necesidad de iniciar un proceso judicial. Asimismo, el incumplimiento en el pago de los alquileres suele vincularse a la posibilidad de iniciar un proceso de desalojo, el cual puede basarse en diferentes motivos que se detallan en la normativa vigente.

REQUISITOS Y TARIFAS
CONCILIACIÓN POR PAGO DE ALQUILER
OBJETIVO:
En el Centro de Conciliación Extrajudicial “Equidad con Dignidad”, te ayudamos a alcanzar un acuerdo mutuamente satisfactorio, con inquilinos morosos, referido al pago de alquileres adeudados, a través de un procedimiento de conciliación extrajudicial, regulado por la Ley 26872- Ley de Conciliación Extrajudicial, conducido por un Conciliador Extrajudicial neutral, imparcial y especializado del Centro de Conciliación Extrajudicial “Equidad con Dignidad”.
PLAZO:
El procedimiento conciliatorio, que proporciona el Centro de Conciliación extrajudicial “Equidad con Dignidad”, tiene un plazo de treinta (30) días calendarios, sin embargo, por acuerdo de partes, puede aumentar o disminuir, según lo consideren necesario las partes, para llegar a un acuerdo.
Cada audiencia de conciliación puede comprender una o varias sesiones y cada sesión puede durar de una hora a más horas, según lo requieran las partes.
VALOR DEL ACUERDO:
El acta de conciliación por acuerdo total, expedida por el Centro de Conciliación Extrajudicial “Equidad con Dignidad”, que establece la devolución de tu casa, departamento, tienda, stand, oficina o lote de terreno, tiene un valor similar a una sentencia judicial.
En caso que la otra parte no cumpla el acuerdo, no tendrás que iniciar un proceso judicial para cobrar alquileres impagos, sino únicamente solicitar el cumplimiento del acuerdo.
REQUISITOS:
- Copia de DNI.
- Copia de contrato de arrendamiento.
- Copia de liquidación de alquileres pendiente de pago.
- Copia de carta notarial, requiriendo el pago de alquileres adeudados.
INCLUYE LO SIGUIENTE:
- Solicitud de Conciliación.
- Designación del Conciliador.
- Invitación para conciliar a las dos partes.
- Audiencia de Conciliación.
- Honorarios del Conciliador.
- Honorarios del Abogado verificador de legalidad de los acuerdos.
- Copia certificada de acta de conciliación.
PRECIO:
S/. 300 Soles.
Cómo pagar
Realiza el pago, guarda tu voucher y luego haz clic en “Iniciar trámite” para subirlo.
963 295 229
963 295 229
191 70522287 0 31
002 191 170522287031 56
04 020 105645
018 000 004020105645 00
898 3353470754
003 898 013353470754 41
